viernes, 30 de abril de 2010

RESUMEN RECLAMACIONES MARZO /ABRIL




Comunicado especial a los Compañeros

Informamos de las últimas reclamaciones llevadas a cabo por nuestra Sección Sindical durante los meses de marzo y abril:

- 31/03/2010 - Referente a cambios de planificación intempestivos de laPlataforma de Terrassa. Amparado entre otros en los Art. 27 del Convenio Colectivo de Telemarketing y Art. 30 del Estatuto de los Trabajadores.

- 13/04/2010 – Referente al mal estado de las sillas de L’Hospitalet. La obligación del Empresario en lo referente a salud e higiene de los Trabajadores está recogida entre otros artículos en:

Ley de Prevención de Riesgos Laborales , los Art. 14 y 15 . Estatuto de los Trabajadores, Art. 19 del y en la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos con Pantallas de visualización:
REAL DECRETO 488/1997 Artículo 2. Definiciones.
A efectos de este Real Decreto se entenderá por:...”Puesto de trabajo: el constituido por un equipo con pantalla de visualización provisto, en su caso, de un teclado o dispositivo de adquisición de datos, de un programa para la interconexión persona/máquina, de accesorios ofimáticos y de un asiento y mesa o superficie de trabajo, así como el entorno laboral inmediato.

- 15/04/2010 : Referente a:

o La no retención del IRPF habiendo rellenado todos el modelo 145. Recordamos los compañeros que deseen les hagan una retención más alta que la que marca la Ley, lo hagan constar expresamente, así como a los que su situación personal haya cambiado que lo comuniquen mediante este modelo para no tener sorpresas indeseadas a fin de ejercicio fiscal como ser quedarse con media nómina en diciembre.

o No comunicar en tiempo la planificación de los trabajadores.

- 19/04/2010: Referente al impago del plus de transporte que corresponde a todos los trabajadores que acaban su turno a las 24:00, según los establece el Art. 53 del Convenio Colectivo de Telemarketing.

En caso de que en ésta próxima nómina no vean reflejado este plus, tienen que hacernos llegar fotocopia de la misma para poder reclamar, CONTACTA CON NOSOTROS EN ugt.emergiacc@gmail.com


Para mantenerte al día en todas nuestras acciones visita nuestro Blog :
EMERGIA CC BLOG DEL EMPLEADO, http://emergiaccblog.blogspot.com
Vamos colgando con más frecuencia de la que podemos publicar todas las novedades y noticias de interés ( y es más ecológico).

Saludos,


SECCION SINDICAL UGT
EMERGIA C.C. S.L.
CATALUNYA


viernes, 9 de abril de 2010

HEMEROTECA

Año 2 nº 3 Abril de 2010

Emergianos

Boletín mensual de los Empleados de

Emergia Contact Center

Editado por la Sección Sindical de U.G.T.

Editorial

Próximamente…elecciones…

Toma 2, Nº 5 ... adentro claqueta.......


Como ya les hemos comentado por varios medios, las

Elecciones se han pospuesto,lo que nos llena de

satisfacción porque era lo que defendíamos, que los

compañeros de Terrassa, siendo como son una parte

importante de la masa de trabajadores de Emergia,

no podían ser meros convidados de piedra.

El calendario queda más o menos así, ya les confirmaremos

fechas cuando sea definitivo:

Constitución de la Mesa (E.T. art. 73 y 74): 17/05

Exposición del Censo (Mínimo 72 hs. E.T. art. 69.2, 71.1 y 74.3): 18/05 al 23/05

Reclamaciones (Plazo 24 horas E.T. art. 74.3): 24/05

Resolución (Plazo 24 hs. E.T. art. 74, art.66.1): 25/05

Presentación de las Candidaturas (Nueve días naturales E.T.

Art. 69.2): 26/05 al 03/06

Proclamación de Candidaturas: (Dos días laborables): 07/06 al 08/06

Inicio Período de Propaganda (E.T.art.74.3 R.D. 1844 Art.8.4): 07/06

Reclamaciones: (Un día laborable E.T. Art. 74.3): 09/06

Resolución: (Un día laborable E.T. Art. 74.3): 10/06

(La siguientes fechas dependen de la fecha de votación)

Fin del Período de Propaganda (R.D. 1844 Art. 8.4) 12/06 al 14/06

Jornada de reflexión (desde las 0 horas del día anterior a la votación)

Votación posiblemente 14 o 15/06


No se despisten, los queremos a todos allí!!!



Reclamación Terrassa:

…SE HACE CAMINO AL ANDAR…

Hemos empezado el año con buen pie, los compañeros de Terrassa pueden participar en las Elecciones de Emergia. Además les informamos que ya hemos puesto la primera reclamación en su defensa referente a los cambios de turno intempestivos que les han hecho volver a casa luego de estar programados para el fin de semana y en su puesto de trabajo.

Esto no es legal, los turnos han de estar preparados con un mes de anticipación, y cualquier cambio se ha de notificar con al menos siete días de antelación, salvo en el caso de campañas nuevas de recepción, en cuyo caso y solo en estos supuestos (nuevas y de recepción) se podrá cambiar con un mínimo de 48 horas de antelación:

Art. 27 C.C. Telemarketing:" Las empresas podrán variar los horarios, dentro de las bandas fijadas, preavisando al trabajador por escrito con siete días de antelación.

En los casos en que la campaña o servicio sea de recepción, y se inicie por primera vez, durante el primer mes, y dentro de las bandas señaladas, se conocerá el horario con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas"

También es de aplicación el Art. 30 del Estatuto de los Trabajadores que dice:

"Si el trabajador no pudiera prestar sus servicios una vez vigente el contrato porque el empresario se retrasare en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no al trabajador, éste conservará el derecho a su salario, sin que pueda hacérsele compensar el que perdió con otro trabajo realizado en otro tiempo".

Por este motivo hemos reclamado a la Empresa le sean abonados a los trabajadores perjudicados los días que les corresponde. Si es éste tu caso contacta con nosotros ugt.emergiacc@gmail.com.

No dudes en consultarnos cualquier duda que tengas, saludos

Sección Sindical Emergia CC. Catalunya


Información de marco legal:

Adjuntamos sentencia referente a justificantes médicos:

El Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 22/09/2009, Recurso Num. CASACIÓN 45/2008 ha dictaminado que las Empresas no tiene derecho a limitar el uso de las horas médicas a una hora antes y una hora después de la visita al médico, tal como lo están haciendo en la actualidad, que tenemos 35 horas y las administramos como sea necesario, que en el art. 29.2 solo se requiere la "justificación oportuna", sin más limitaciones.

- Quienes tengan inquietudes legales pueden solicitarnos la sentencia completa.


Y HABLANDO DEL BLOG…

DESDE QUE LO CREAMOS POR ALLA POR ENERO DE 2010, Hemos TENIDO MÁS DE 300

VISITAS, Y TENEMOS ENTRADAS REGISTRADAS DE EE.UU., AUSTRALIA, COLOMBIA,

ARGENTINA, REINO UNIDO, PERÚ, ALEMANIA Y COMUNIDAD EUROPEA



EL RESUMEN DE MARZO ES: 136 páginas visitadas



En lo que va de abril tenemos 86!!!


No está mal para ser novatos ¿no? AYÚDANOS a enriquecerlo, es un excelente medio de contacto para mantenernos al tanto de lo que sucede entre publicación y publicación del boletín…Y EN LAS DIFERENTES PLATAFORMAS... COMPAÑEROS DE OTRAS PLATAFORMAS LA VISITAN, INCLUSO DE COLOMBIA, no te olvides de visitarla cada tanto y HAZNOS LLEGAR TUS INQUIETUDES, DUDAS, SUGERENCIAS, ASÍ COMO LAS IRREGULARIDADES QUE PUEDAN HABER.

EN EL BLOG TIENES TAMBIEN ACCESO DIRECTO AL CONVENIO Y A LA ACTUALIDAD DE FES UGT.


No te olvides que también tienes los dos e-mails: ugt.emergiacc@gmail.com (preferente ya que no se nos bloquea), ssugt@emergiacc.com ( que a veces se nos bloquea) y el blog. Cualquier urgencia puedes contactarnos, lo miramos a diario, pero ante todo un consejo básico:

- En caso de duda, y hasta poder consultarnos, ANTE CUALQUIER INCIDENCIA, AMONESTACIÓN, ETC., siempre firma NO CONFORME. Es la única salvaguarda para poder luego reclamar, si no, renuncias a toda reclamación.


Sección Sindical UGT
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