martes, 12 de julio de 2011

CALCULO DE DESCUENTO DE DIA DE HUELGA


SOBRE LOS DESCUENTOS POR LA HUELGA: 

Encontramos el siguiente comentario que puede ser útil... si alguien sabe algo más porfa compartan info


El descuento en los salarios de los trabajadores por motivo de huelga siempre ha sido una cuestión polémica. Sin embargo, hace ya bastantes años fue aclarada por el Tribunal Supremo con sucesivas sentencias (a modo de ejemplo, STS 18-4-94 ó STS 13-3-2001) en las que se establecía cual era la forma correcta de calcular la deducción correspondiente a los días de huelga y que, a modo de resumen, exponemos aquí:

Descuento de cada jornada dejada de trabajar.

Descuento de los días de descanso semanal y festivos comprendidos dentro del periodo de huelga.

Descuento de la parte proporcional de pagas extraordinarias, si bien ésta parte sólo podrá ser deducida cuando corresponda realizar el abono de dichas pagas.

Descuento de la parte proporcional del descanso semanal del período en que se haya producido la huelga (en una semana de trabajo de lunes a viernes, y descanso de sábado y domingo, cada día de huelga supone, además del descuento de ese día, un descuento de 0,4 días de salario del descanso semanal).


Por otro lado no es posible el descuento:

Sobre la parte proporcional de futuros festivos posteriores a la huelga.
Sobre las vacaciones

HEMOS RECIBIDO ESTA RESPUESTA DE LOS COMPAÑEROS DE SSUGT CANTABRIA UNITONO:    



SSl Ugt Unitono Cantabria denunciamos a Unitono y hoy hemos llegado a un acuerdo en el SIMA, realizaba un cálculo incorrecto y nos estaba descontando por ejercer nuestro derecho a la huelga más de lo que correspondía.

A los compañeros de Unitono:
GRACIAS COMPAÑEROS POR COMPARTIR INFORMACIÓN Y EXPERIENCIAS, 
Saludos, SSUGT CATALUNYA EMERGIA CC

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